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¿Cómo se Liquida y Calcula la Retroactividad?

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¿Cómo se Liquida y Calcula la Retroactividad?

UTRAU
Publicado de Mariela Valdes en General · Jueves 04 Dic 2025 · Tiempo de lectura 2:45
La Retroactividad se Calcula en Base al Aumento Otorgado desde un determinado momento en el que se haya fijado, esto se debe a que las negociaciones llevaron más tiempo del esperado como sucede por ejemplo a la  correspondiente 11ª Ronda que el aumento fue fijado para el 1 de julio de 2025, aclaración importante y a tener en cuenta aún no se ha terminado de negociar y ni tampoco se ha firmado.

El cual está previsto que en estos primeros días de diciembre pueda que se termine firmando el acuerdo entre los representantes de Empleadores, del Ministerio y de los Trabajadores en el MTSS.

Para calcular dicha retroactividad en este caso se debe tomar en cuenta todos los haberes cobrados (sueldo nominal incluyendo cualquier beneficio que perciba, licencias otorgadas en este periodo, el aguinaldo tomando en cuenta las reliquidaciones) en el periodo comprendido desde el 1 de Julio 2025 hasta el mes de Noviembre inclusive en el caso de firmar en diciembre. En dicho acuerdo se estipula no solo el periodo de reliquidación sino que también si se paga en una sola vez o en cuotas, como así las fechas de pagos para el mismo.

A continuación les explico cómo se calcula en un  ejemplo que daré a continuación:

  • Si el aumento dado fuera hipotéticamente de un 5% al 1ª de julio por todo concepto lo que implica que sería para cualquier beneficio como preceptismo, antigüedad, alim. y vivienda, extras, nocturnidad, licencias, etc. cualquier compensación monetaria percibida en este periodo.

  • Primero se debe de sumar todos los Salarios Nominales/Bruto sin ningún tipo de descuento (ni adelantos, ni prestamos, ni retenciones, etc.) correspondientes a los meses de julio, agosto, setiembre, octubre y noviembre; no se incluye diciembre porque ya se debe liquidar con el aumento, también se suma si hubieran tomado Licencias Nominal en este periodo.

EJEMPLO PRACTICO DE COMO SE DEBE CALCUAR LA RETROACTIVIDAD

Meses                 Salarios Percibidos $       Diferencia Nominal a Cobrar                                                                                                           5%
___________________________________________________________________
Julio                                     20.000                                             1.000
Agosto                                 20.000                                              1.000
Sep.                                      20.000                                              1.000
Oct.                                      20.000                                              1.000
Nov.                                    20.000                                             1.000
Licencia                             30.000                                             1.500
____________________________________________________________________
Total                                   130.000                                             6.500

  • Para el Cálculo del Aguinaldo correspondiente a diciembre se debe incluir (sumar) el total de estas reliquidaciones, a modo de ejemplo si la suma Total de la Retroactividad diera $ 6.500 como en el ejemplo de la tabla, esta debe ser incluida para el cálculo del aguinaldo.

Esto es un aporte y explicación sencilla desde la UTRAU para que cada Trabajador/a Rural pueda hacer su control personal y los datos para hacerlo se obtienen de los Recibos Oficiales de Salarios que es Obligación Legal de Todo Empresario o Patrón de entregar dicho recibo a todo trabajador que tenga en su empresa o establecimiento sin distinciones, así sea mensual, jornalero, destajista, changa, zafral. Aclaración importante los importes a percibir dependen de los ingresos mensuales de cada trabajador.


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